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La Junta de Gobierno Local aprueba una línea de ayudas para el sector de la hostelería

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A propuesta de las concejalías de Comercio y Hacienda, el Ayuntamiento de Abarán ha aprobado en Junta de Gobierno Local, celebrada hoy 15 de octubre de 2021, una línea de ayudas para el sector de la hostelería, por importe global máximo de 7.000,00 euros, destinadas a personas físicas o jurídicas cuando la actividad que desarrollen se haya visto afectada por el cierre de establecimientos o restricciones dispuestas por las distintas Administraciones en aplicación de las distintas normativas desarrolladas para la lucha contra la COVID-19, hasta agotar el crédito destinado a la convocatoria.

El importe total se distribuirá equitativamente entre los solicitantes que, presentada su solicitud en plazo, cumplan los requisitos de la presente convocatoria, con un importe máximo por beneficiario que no podrá superar los 200,00 € (doscientos euros), sin perjuicio de que el importe pudiera ser inferior en función de las solicitudes presentadas que resulten beneficiarias. Recordemos que estos comercios permanecieron cerrados de forma obligatoria, y tuvieron, entre otros gastos, que hacer frente al pago de la tasa de basura municipal.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas concedidas en esta convocatoria autónomos, empresas, así como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que lleven a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención y que cumplan los siguientes requisitos: en primer lugar, desarrollar la actividad económica en el sector de la hostelería, encuadrada en el epígrafe 67 (Servicio de Alimentación), para comercios de los grupos 671, 672, 673 y 676, con la excepción de los grupos 674, 675 y 677; deberán ser:

🔸 Comercios cuyo centro de trabajo radique en Abarán.
🔸 Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con Hacienda, Tesorería General de la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Abarán.

La actividad ejercida ha de haber sido afectada por el cierre de establecimientos y limitaciones en el ejercicio de la actividad dispuesto en el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, así como por las posteriores disposiciones normativas adoptadas por las autoridades competentes de cada Administración para la lucha contra la COVID-19.

El contenido íntegro de las bases se publicará en la página web municipal y en la dirección de la sede electrónica https://abaran.sedelectronica.es. 

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