El Ayuntamiento de Abarán ha editado un documento en el que se incluyen todas las medidas restrictivas para la contención de la Covid-19 establecidas tanto por las autoridades autonómicas como municipales:
MEDIDAS RESTRICTIVAS NIVEL DE ALERTA EXTREMA POR COVID-19 AYUNTAMIENTO DE ABARÁN
1. Prohibidas las reuniones públicas o privadas entre personas no convivientes, ya sean familiares o amigos, tanto en interior como en exterior, a excepción de:
• Personas que vivan solas, que podrán formar parte de una única unidad de convivencia ampliada.
• Menores de edad con sus progenitores en el caso de que no convivan en el mismo domicilio.
• Personas con vínculo matrimonial o de pareja cuando estos vivan en domicilios diferentes.
• Para el cuidado de personas mayores o dependientes.
*Reuniones de todo tipo que no sean estrictamente profesionales: no están permitidas reuniones de asociaciones, comunidades de vecinos o similares.

2. Prohibido compartir vehículo entre personas no convivientes, salvo para ir a trabajar si es un medio de transporte reglado, y siempre usando mascarilla.
3. Limitación de la libertad de circulación de personas de 22:00 a 6:00 horas.
4. Restricción de la movilidad entre comunidades y municipios, salvo casos contemplados en la normativa debidamente justificados.

5. Espacios públicos que dependen del Ayuntamiento de Abarán y que permanecerán cerrados hasta el domingo 31 de enero (revisable según evolución de casos):
• Aulas de estudio.
• Biblioteca Municipal.
• Centros sociales de Abarán y barriadas.
• Instalaciones deportivas.
6. EMMA (Escuela Municipal de Música de Abarán):
• Queda a elección de los progenitores la elección de que el alumno asista a clase de forma presencial o telemática.
• En el caso de las clases de instrumentos de viento, debido a la emisión de aerosoles estas se impartirán obligatoriamente de forma telemática.
7. Cierre de parques y jardines a las 19:00 horas.

8. Quedan suspendidas en todo el territorio regional las celebraciones de eventos multitudinarios, aun cuando ya estuviesen previstas e incluso presentada la correspondiente declaración responsable.
9. Cierre de las instalaciones deportivas. Solo se permitirá la realización de deporte de forma individual o en parejas (frontón, tenis y pádel, previa reserva en ÁBACO).
10. Cierre de centros de día de personas mayores y discapacitados, y suspensión de la atención personal. Suspensión de las visitas en las residencias de persona mayores.
11. Se permite la actividad en:
• Centros educativos.
• Lugares de culto y cines.
• Actividad reglada en lugares de trabajo.
12. Establecimientos comerciales no esenciales:
• Cierre al público de 22:00 a 6:00 horas.
• Medidas a realizar por parte de los propietarios de los comercios: Control de acceso, punto de suministro de gel hidroalcohólico, velar por que se guarden las distancias de seguridad en el interior y no se supere el aforo del 50%.
13. Hostelería y restauración:
• Prohibida actividad interior y exterior.
• Estará permitido el servicio de recogida y entrega a domicilio, utilizando siempre envases desechables.
14. Mercadillos:
• Se vigilará que no se formen grupos entre consumidores y no se podrá tocar y manipular el género.
• Aforo del 75%.
15. Autoescuelas y centros de formación:
• 50% aforo y 30 personas máximo.
16.Lugares de culto:
• Aforo máximo de 30 personas.
