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Subvenciones para instalaciones de autoconsumo energético

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Con fondos del IDAE (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del Gobierno de España) la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera, de la Consejería de Empleo, Empresa, Universidad y Portavocía de la Región de Murcia, convoca seis programas de ayudas para instalaciones de autoconsumo energético en los sectores servicios y otros sectores productivos, sector residencial, las administraciones públicas, tercer sector y aplicaciones térmicas en el sector residencial.

Beneficiarios

Los posibles beneficiarios son particulares, comercios, empresas de servicios, otros sectores productivos y tercer sector. El Ayuntamiento también concurrirá a esta convocatoria, en la modalidad de ayudas para entidades locales.

Seis programas y cuantías

Los programas de ayudas aprobados por el RD 477/2021 estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023, divididos en distintas líneas de ayuda, que serán financiados con los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Se dividen en seis grupos:

  • Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
  • Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
  • Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Para los programas de incentivos 1, 2 y 3, las ayudas se calcularán como un porcentaje sobre el total de costes subvencionables (que oscila entre el 15% y el 65%). Para los programas de incentivos 4, 5 y 6, las ayudas se otorgarán como importes fijos unitarios o módulos que cubrirán parcialmente los costes subvencionables.

Tramitación

Las ayudas deben presentarse directamente por la parte interesada y se otorgan mediante concurrencia simple. Esto significa que las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos. Las solicitudes se tramitan exclusivamente de forma telemática, en el siguiente apartado de la sede electrónica de la CARM: https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=3683&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288 (código 3683) (SIA 2451184).

El procedimiento de solicitud se abre el 3 de noviembre.

Asistencia técnica para la tramitación

Para facilitar su gestión y con el objetivo de que Abarán, como municipio, logre el mayor número de subvenciones posibles, el Ayuntamiento pondrá a disposición de la ciudadanía con interés en solicitar estas ayudas, una relación de profesionales técnicos de proximidad competentes en la materia, que estará disponible en la Agencia de Desarrollo Local (Edificio CIMA) y a través de la web municipal. Estos profesionales disponen de un cauce para solicitar su inscripción en dicho listado, que se explica a continuación:

Profesionales técnicos interesados en ofrecer sus servicios a la ciudadanía

Aquellos profesionales competentes en esta materia que deseen ofrecer sus servicios a la ciudadanía, para ayudarles en la tramitación, redacción de la documentación necesaria, etc., pueden registrarse a través del siguiente formulario (https://forms.gle/1b1yctoHhQm5CwfM6), que será custodiado por la Agencia de Desarrollo Local de Abarán. Si lo autorizan, el listado será publicado en la web municipal.

Bonificaciones municipales del IBI, para instalación de fotovoltaica

El Ayuntamiento recuerda que, dentro del programa SOLAB, existen bonificaciones municipales aplicables al IBI, durante tres años, por sistemas de aprovechamiento de la energía solar, que podrán ser solicitadas, cuando los interesados dispongan de la instalación ya realizada, reciban o no ayudas de IDAE / CARM.

Las bonificaciones existentes (que pueden ser del 25% ó del 50%) son para edificaciones con uso catastral predominante residencial, con una superficie mínima de captación solar útil de 4 metros cuadrados o con una potencia mínima instalada de 2 kW, según este cuadro:

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