Hoy entran en vigor hasta las 23:59 horas del 22 de diciembre las nuevas medidas aplicables en la Región de Murcia para la contención del coronavirus.
Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 23:00 y las 6:00 horas, salvo excepciones justificadas.
MEDIDAS DE CARÁCTER GENERAL
- Se procurará limitar los contactos sociales.
- Se recomienda permanecer en casa, salidas para actividades esenciales y evitando espacios cerrados y gran afluencia de personas.
- Se recomienda descargar Radar-COVID.
- Los establecimientos no podrán desarrollar su actividad entre las 23:00 y las 06:00 horas, salvo servicios indispensables en horario nocturno.
- Se prohíbe comer y beber en espacios públicos sin distancia de seguridad.
Fomentar el teletrabajo.
- Se permite el deporte individual al aire libre, 15 deportistas por monitor en instalaciones cubiertas, y 25 en instalaciones al aire libre con distancia interpersonal.
- La práctica deportiva de ámbito autonómico en el interior de locales cerrados será del 33% de su aforo con las medidas de higiene, ventilación y distancia.
- Obligatorio el uso de mascarilla quirúrgica.
- Se suspenden las actividades de las escuelas deportivas municipales y actividades deportivas extraescolares
- La práctica deportiva federada de competición autonómica de menores de 18 años se limitará a los entrenamientos en grupos de 10 personas con mascarillas quirúrgicas.
- La práctica deportiva federada de competición autonómica de mayores de 18 años se limitará a los entrenamientos. En los entrenamientos la mascarilla quirúrgica es obligatoria.
- Las competiciones en instalaciones deportivas podrán desarrollarse con público sentado y distancia de seguridad, con un 50 % del aforo.
- En los entrenamientos no podrá haber público.
- Podrá habere un 33% en las piscinas cubiertas de uso público.
Se limita la entrada y salida de la Región, salvo:
- Asistencia a centros sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales.
- Asistencia a centros educativos.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia a mayores, menores y dependientes.
- Asistencia a entidades financieras y de seguros.
- Repostaje en gasolineras.
- Asistencia a órganos públicos, etc