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Los conductores de vehículos residentes en la zona alta del pueblo podrán solicitar la tarjeta ofertada por el Ayuntamiento para el aparcamiento del Edificio «Hortel»

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Debido a la reducción de estacionamiento que se ha producido en las calles cercanas al edificio con el fin de reforzar la seguridad vial, se habilitan varias plazas de aparcamiento.

La tarjeta de residente que da autorización para ocupar dichas plazas se podrá solicitar en el Registro del Excmo. Ayuntamiento de Abarán. La tarjeta se podrá recoger en un plazo de 48 horas siempre que la documentación aportada cumpla los requisitos descritos en la normativa.

A partir del día 1 de marzo se llevará a cabo el control de cumplimiento de las normas de uso del aparcamiento.

Consulta Expte. nº.: 2000/2022 – Modificación Ordenanza Reguladora del Estacionamiento en Zona Azul en el Municipio de Abarán: https://drive.google.com/file/d/10vm0OO4jJ4Ov_WRgt4m0DXW4qx50Oje5/view?usp=sharing

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA SOLICITUD DE TARJETA DE RESIDENTE (ORIGINAL Y COPIAS)

  • Solicitud debidamente cumplimentada.
  • Volante de empadronamiento colectivo.
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Último recibo de impuesto tracción mecánica.
  • Certificado de deuda (no tener pendiente ninguna deuda en la Agencia Tributaria – CIMA).
  • Documento Nacional de Identidad.

NORMAS DE USO ESTACIONAMIENTO REGULADO

  • No existe reserva de plaza.
  • Se podrá ocupar una plaza de forma ininterrumpida por un máximo de doce horas.
  • La tarjeta de autorización debe colocarse en una zona visible.
  • El Excmo. Ayuntamiento de Abarán no se hace responsable del uso indebido del parking.
  • El Excmo. Ayuntamiento de Abarán se reserva la posibilidad de modificar la normativa a través de la correspondiente ordenanza.
  • Cualquier aclaración se resolverá según la ordenanza reguladora de estacionamiento de zona azul del municipio de Abarán.
  • Calles autorizadas:
  • Cabezo de la Cruz.
  • Calle Pizarro.
  • San Juan Bautista.
  • Avenida de Cieza.
  • Duque de Ahumada.
  • El vehículo será propiedad de persona física residente en el municipio. Debe coincidir el empadronamiento del titular del vehículo con el que figura en su permiso de circulación.
  • Es condición indispensable que el vehículo esté dado de alta en el padrón del impuesto y no tener pendientes pagos.
  • Para el uso del parking se deberá abonar la tasa anual correspondiente (si la hubiese).
  • La tarjeta de residente tiene un plazo de validez de un año.

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